“Nuestra mayor virtud no es no caernos nunca, sino levantarnos cada vez que nos caemos”
 Confucio

ISSN0719-0212

La “Nueva” forma de [pretender] juzgar

Amaro Oróstica OrtegaPor
Publicado el 14 Jan, 2012

“La facultad de conocer las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley”

Artículo 76 inciso primero de la Constitución Política de la República de Chile.

“[Los jueces] no son más que la boca que pronuncia la ley, seres inanimados que no pueden moderar ni su fuerza ni su rigor”

Montesquieu.

TribunalesUno de los roles tal vez más ingratos y que la gente no ligada laboral, académica o intelectualmente al mundo del Derecho no logra comprender bien, es el de los jueces. O más bien, la tarea de juzgar. Es común escuchar, en la conversación cotidiana que se puede suscitar en un almuerzo familiar de fin de semana, en el transporte público, en los blogs y redes sociales, etc., críticas al papel que juegan los jueces en ciertos ámbitos, como en el combate a la delincuencia, en la aplicación de la “justicia”, etc., en general incorrectas –como veremos más adelante– que muchas veces surgen de la visceralidad propia del ser humano. Sin embargo, lo que es preocupante es que esta clase de críticas también surjan del discurso público que ciertos referentes y autoridades políticas promueven dentro de la comunidad en la que nos desenvolvemos, personas que dicen vestir ropajes democráticos pero que, siguiendo con la analogía, no entienden que los guantes se usan en las manos y los zapatos se usan en los pies.

En estas últimas semanas ha estado bastante en boga hablar del Poder Judicial, principalmente por las críticas del Ejecutivo al rol de los jueces y fiscales, y al nombramiento de Rubén Ballesteros como presidente de la Corte Suprema. Considero que estas dos situaciones han hecho patentes tres grandes errores conceptuales presentes en la forma de entender el rol del Poder Judicial en una sociedad democrática, los que dilucidaré a continuación en base a tres frases que podrían resumir las ideas subyacentes en estos errores.

“Los Jueces y los Fiscales deben combatir a la delincuencia, y lo hacen mal”

Se ha escrito bastante sobre la supuesta “puerta giratoria”, sea para criticarla o para demostrar su calidad de mito, junto con ello se critica el supuesto “garantismo” de los jueces, el cual en estricto rigor es así, pero se presenta como algo negativo ya que ese “garantismo” protegería a los delincuentes; asimismo, cabe destacar que en el último tiempo se ha criticado el rol del Ministerio Público.

Como adelanta el título de este parágrafo, se parte sobre la base de que son los jueces los que deben combatir la delincuencia, lo que constituye un grave error. Dentro de nuestro actual sistema procesal penal, el rol de los jueces es aplicar los tipos penales que la ley ha estipulado, con el fin de establecer que determinada conducta constituye delito. El rol de los fiscales, en tanto, es investigar los hechos llevados a cabo por el imputado que eventualmente podrían constituir delito, para posteriormente formular la acusación correspondiente y solicitar la pena que, en base a sus conclusiones, amerite el hecho investigado. En este sentido, sí se puede criticar a los jueces y fiscales por su labor, pero por motivos distintos a los que critica el Poder Ejecutivo.

En primer lugar, la crítica que puede recaer sobre los jueces es que eventualmente puedan aplicar mal la ley, sea favoreciendo o perjudicando al imputado de forma indebida. Sin embargo, para eso la ley establece una serie de medios de impugnación –los recursos– con el fin de que las instancias superiores de justicia (Cortes de Apelaciones y Corte Suprema) corrijan estos defectos. Sin embargo, la crítica incorrecta sustentada por el Ejecutivo, se basa en la pretensión de que los jueces, aplicando activismo judicial –esto es, que fallen conforme a sus ideas y no al texto legal– lleven a cabo una política criminalística determinada, en este caso, encerrando a todos los imputados –que son inocentes hasta que no exista sentencia condenatoria– mediante la prisión preventiva, incluso en caso de que no concurran los requisitos para ello.

En segundo lugar, la crítica que puede recaer sobre los fiscales es respecto a la negligencia en el ejercicio de sus potestades investigativas. Sin embargo, para eso la ley establece sistemas de solicitud de diligencias, de quejas ante sus superiores jerárquicos, etc., así como se le permite al Fiscal Nacional fijar políticas generales para el ejercicio del ministerio público a nivel nacional. Sin embargo, la crítica incorrecta, sustentada por el Ejecutivo, es pretender que dentro de estas políticas a nivel nacional los fiscales soliciten medidas preventivas y penas más gravosas que las que realmente ameritaría el hecho investigado, corriendo el riesgo de caer en situaciones ridículas como lo fue el “Caso Bombas”.

En este sentido, ambos errores son parte de un error aún mayor: creer que la política criminal pasa por los jueces y fiscales, siendo que es algo que pertenece principalmente tanto al Poder Ejecutivo, mediante su administración de la fuerza pública, del sistema penitenciario, de sus políticas sectoriales enfocadas en sectores de menos recursos; así como del Poder Legislativo (entendiendo en un sentido amplio tanto el Congreso como el Presidente de la República) en cuanto a la dictación de las leyes penales, procesales penales, y leyes que incidan en otros ámbitos de la sociedad directa o indirectamente ligadas a la prevención del delito y del surgimiento de factores criminológicos.

“[El juez] es víctima de las circunstancias”

La frase “el hombre es víctima de las circunstancias” que titula este punto fue pronunciada por Rubén Ballesteros luego de su elección como Presidente de la Corte Suprema, al ser cuestionado por su participación en los Consejos de Guerra durante la Dictadura (Emol, 19/12/2011). Resulta francamente preocupante la idea subyacente en esta frase emitida por la ahora máxima autoridad judicial del país: ¿qué es ser “víctima de las circunstancias”? Es decir, si mañana el Gobierno ejerciera presiones indebidas sobre él, en el sentido de las críticas establecidas en el punto anterior, ¿sacrificaría la independencia del Poder Judicial por ser “víctima de las circunstancias”?

Desde un punto de vista estrictamente material, claramente las condiciones para defender la legalidad e impartir justicia durante una Dictadura son bastante difíciles, mas nunca imposibles. En ese sentido, es dable criticar el activismo que muchos magistrados tuvieron durante dicho periodo para encubrir legalmente las atrocidades cometidas por el régimen –por ejemplo, independiente de la utilidad fáctica de éstos, denegando recursos de amparo que a todas luces debían hacer sido acogidos. En este contexto, si un juez pretende en un caso así mantener la independencia del Poder Judicial, tiene que tener algún grado de valentía, o mejor simplemente no ejercer dicha función y dedicarse a la abogacía en el mundo privado. Sin embargo, con declaraciones como éstas, sumado al oscuro pasado de esta autoridad, se hace a lo menos dudoso que mantenga la independencia del Poder Judicial.

“Los jueces son injustos porque no fallaron lo que yo quería que fallara”

Cuando fue elegido Ballesteros, las críticas –fundadas, por cierto–, de las agrupaciones de Derechos Humanos no se hicieron esperar, principalmente debido al oscuro rol que jugó mientras ejercía sus funciones judiciales en la Dictadura. En este caso, las críticas desde un punto de vista jurídico  y político (conforme a lo ya dicho en el punto anterior respecto a autodenominarse una “víctima de las circunstancias” fácticas de ese entonces) son sin duda fundadas. Sin embargo, el peligro que tiene el plantear la injusticia de un juez en base al argumento de “él no falla como yo creo que debería fallar”  es que, tal como lo expuse en el primer apartado, el rol del juez no es fallar como visceralmente quisiera hacerlo –por dar un ejemplo, seguramente muchos, incluyendo  más de algún juez, no dudaríamos en matar al que violara a una hija nuestra–, sino fallar conforme a lo que el Derecho dicta. Y lo problemático es que en esta clase de argumentos no cae simplemente el hijo de vecino, sino también las máximas autoridades políticas de nuestro país, particularmente de los sectores de derecha.

A modo de conclusión, es posible señalar que los jueces y fiscales son, sin duda, susceptibles de ser criticados en base a los criterios expuestos en el primer punto abordado. El problema es que los argumentos de ciertos sectores de la ciudadanía, y preocupantemente de ciertos sectores políticos que hoy detentan el poder, responden a lógicas bastante poco republicanas y democráticas de entender el rol del Poder Judicial y del Ministerio Público. Se trata de una “nueva” forma de pretender juzgar. “Nueva” en dos sentidos, primero en uno literal, porque ha sido la postura de la derecha durante toda la época en que fue oposición, versus la postura de los gobiernos de la Concertación, que impulsaron la reforma procesal penal e intentaron, aunque sin mucho éxito, aplicar ciertas políticas en materia de prevención criminal. A diferencia de hoy, cuando la derecha es gobierno y supuestamente lograría poner fin a la delincuencia y al no poder lograrlo ahora culpa de su fracaso al Poder Judicial y al Ministerio Público. Y segundo, en un sentido irónico, porque esta forma de entender el rol de juzgar, supeditado a las políticas e ideas del Poder Ejecutivo respecto de cómo debiera ser, responden a la vieja concepción del Rey ejerciendo la jurisdicción a través de sus delegados, idea que comienza a decaer filosóficamente con la Ilustración, y políticamente a partir del “juramento del Juego de la Pelota” en Francia en el año 1789.

PUBLICADO EN POLÍTICA NACIONAL

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